A. Seguridad.
Hacerse presente en su puesto de trabajo, con antelación debida, a los efectos de imponerse de las novedades que haya en el servicio o recibir las instalaciones correspondientes, con las observaciones que corresponda.
Salvo causa debidamente justificada, no abandonar su puesto de conserje o vigilante, aun cuando no haya sido relevado a la finalización de su respectivo turno de servicio, en cuyo caso, y a los efectos de que se adopten las medidas que correspondan, hará saber de esa circunstancia al superior jerárquico.
Poner especial cuidado a los bienes que se someten a su custodia, manteniéndose siempre muy atento con el fin de evitar robos, hurtos o daños.
Cuidar y mantener el buen estado de conservación y funcionamiento de los materiales, radios, CCTV, etc., que estén bajo su cuidado o supervisión, en ningún caso ni circunstancia podrá retirarla del objetivo en que se halle prestando el servicio.
El conserje o vigilante no deberá consumir bebidas alcohólicas no sustancias controladas psicotrópicas durante el servicio, ni concurrir al mismo bajo efectos de haberlas ingerido, ello puede ser objeto de término del contrato debido a las responsabilidades para los cuales se le contrató y que establece que constituye un elemento básico de su contrato.
Esta prohibido traer a su lugar de trabajo elementos distractores, que a juicio de la Administración, impidan una adecuada seguridad;
No se aceptará el uso del teléfono de conserjería para llamadas personales, solo podrán hacer uso en su hora de colación, siempre y cuando no se empleen para enviar comunicaciones que puedan provocar problemas tanto a la empresa como a los propietarios, en caso de duda decidirá la Administración.
Sin perjuicio de lo anterior la administración no se hará responsable por la perdida de estos aparatos.
Los supervisores deberán entregar las anotaciones necesarias, para que el personal notifique de las órdenes anotadas que deberán ser complementadas durante la prestación del servicio. Las notificaciones se harán por escrito y el personal afectado a las mismas deberá firmar en señal de conocimiento y entendimiento; de no ser comprendidas, debe pedir aclaración, puesto que será responsable de su cumplimiento.
Cuando el conserje o vigilante, por razones debidamente justificadas, tenga la necesidad de faltar a sus tareas habituales, solicitará el respectivo permiso con 48 horas de anticipación. Se exceptúa de lo precedente expresado, los casos de enfermedad de familiares a cargo, respecto a los cuales efectuará por si o por medio de un tercero; la pertinente comunicación a la empresa de administración; como así en caso de fallecimiento algún miembro de su familia; todo ello se justificará a la vuelta al servicio.
El conserje o vigilante es responsable ante el empleador, de los daños que eventualmente causare a los intereses de éste, por dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
El conserje o vigilante no tomará parte en los conflictos que se susciten en la comunidad manteniéndose al margen de cualquiera situación, debiendo comunicar el problema a sus superior a la brevedad.
B. Siniestros, de cualquier índole.
• Accidentes ocurridos o inminentes de fuerza mayor
• Atentados contra bienes físicos o personas
• Emanaciones de Gas.
• Accidentes en los ascensores.
• Mal funcionamiento de los equipos del condominio.
Etc.
En caso de una emergencia de emanaciones de gas deberá identificar el lugar, una vez identificado procederá a cortar el suministro desde el Shaft, de continuar procederá a cortar el suministro general del Condominio y llamar al organismo correspondiente, en este caso Cuerpo de Bomberos emergencias de Santiago.
En el libro de conserjería se encuentran los números de emergencias de los distintos servicios del condominio.
Los ascensores que presenten anomalías en su funcionamiento, si parecen de importancia, se suspende su operación y se avisa a la empresa de mantención.
Deberá informar inmediatamente por teléfono a su supervisor, los eventos ocurridos en el condominio.
Cada vigilante deberá enterarse del plan de seguridad del edificio, efectuando las consultas necesarias, para cumplir a cabalidad su operación, dentro de los primeros tres meses desde su contratación
C. DEL TRATO CON LAS PERSONAS
El conserje o vigilante evitará en todo momento discutir sus indicaciones, dado al conocer las funciones que debe cumplir, es totalmente responsable de sus actos y decisiones, teniendo para la toma de las mismas la prudencia suficiente y cordura necesaria, con la que logrará así también el reconocimiento y respeto debido a su trabajo.
Ante la necesidad de su intervención por un hecho propio de su misión de control de personas y/o vehículos (patente), o identificación de los mismos, actuará, en los casos en que deba hacer valer su condición de personal de seguridad, sin pasiones que excedan sus atribuciones, evitando formarse juicios apresurados y parciales, razón por la cual se limitará a cumplir con las directivas que le fueren impartidas oportunamente al respecto; por tal motivo tenga siempre presente que es responsable de la seguridad del conjunto o edificio.
E. DEL LIBRO DE SERVICIO
El libro de servicio será llenado, en lo que a su confección y registro de información se refiere, por el conserje o vigilante encargado del turno, cuando lo amerite la magnitud del objetivo a cubrir, y en la última instancia por el conserje o vigilante que preste el servicio, sea el objetivo que fuere.
El mismo se encontrara foliado y allí se asentaran las novedades correspondientes a cada turno de vigilancia, siendo consideradas como tales:
• Horario del tuno de vigilancia.
• Encargado del turno (si lo hubiera) personal a cargo, o simplemente el vigilante).
• Listado de los elementos provistos al apuesto de vigilancia (Ej.: Radios de frecuencia, linternas, material de trabajo, C.C.TV etc.)
• Notificación de las órdenes que se impartan con anterioridad a la toma del servicio.
Novedades ocurridas durante el horario de trabajo, en forma clara y precisa, sin omitir detalles o dato alguno, dejando constancia de numeraciones cuando correspondan a documentos de identidad de personas o de identificaciones de vehículos y/o mercancías horario de entrada y salida.
Objetos y/o valores hallados en las rondas
Verificación que las puertas de los espacios comunes, el cual estos deben permanecer permanentemente cerrados.
Se asentaran en el libro de entrega de objetos y/o valores, haciéndose constar nuevamente el detalle de los mismos, y datos identificatorios del receptor, quien firmara juntamente con el conserje a cargo del puesto en su respectivo turno. Debe tenerse en cuenta que el libro de Servicio es un elemento probatorio en diversas y variadas circunstancias, ya sean de orden laboral, comercial y/o judicial siendo de suma utilidad para los casos de investigaciones que por ilícitos se pudieran cometer, radicando en todas estas causales su relevancia, rubricándoselo al cierre de cada turno de vigilancia por el personal saliente y el relevante, esto como constancia de haberse transmitido y tomado conocimiento, respectivamente de las novedades correspondientes.
Una vez completo el libro de servicio será entregado a su superior correspondiente quien arbitrara los medios para su inmediato reemplazo por otro nuevo, y procediendo al archivo del entregado por el término que corresponde, en todos los casos se mantendrá la reserva absoluta de su contenido, salvo requisitoria a las autoridades de fiscalización y control de la empresa, o por autoridad judicial que corresponda, de allí la importancia de su correcta confección y conservación.
F. RONDA EN SU TURNO
La ronda es el recorrido que realiza el vigilante dentro del perímetro y/o predio donde se ubica su objetivo, con el propósito de prevenir ilícitos o siniestros y/o detectarlos para actuar en según las instrucciones recibidas.
Al hacerlo el vigilante deberá poner su atención en la tarea, puesto que su ronda sistematizada podría dar lugar a ser sorprendido por delincuentes, o pasar por alto, por ejemplo un principio de incendio.
El propósito principal de este sistema es la de prevención, reiterando que es el pilar básico fundamental de la Seguridad, ya que una vez ocurridos los hechos, poder revertirlos sin Una adecuada previsión será difícilmente posible, o bien de lograrlo, los resultados no siempre serán los óptimos.
De nada sirve si el vigilante se encuentra adormilado, o distraído en sus pensamientos por considerar su función una rutina. Ello podría ser causal que disciplinariamente estaría actuando con irresponsabilidad e ineficiencia.
G. DE LA IDENTIFICACIÓN Y/O CONTROL DE LAS PERSONAS
De acuerdo con las características y disposiciones que corresponden a cada tipo de servicio u objetivo, el conserje o vigilante tendrá, dentro de sus funciones, la de identificar a las personas que van a ingresar al Condominio, si no fueren propietarios ya conocidos, se dejara una nota en el libro destinado para tal efecto objetivo;
• Visitantes: Tratándose de todas aquellas personas que no pertenecen al edificio o conjunto, y que concurren por vez primera, o asiduamente, a entrevistarse con el responsable o integrante de un área determinada, por razones laborables, comerciales, personales u otras, la cual se encontraran habilitados para transitar únicamente previa autorización del propietario que los atenderá. Estas visitas no podrán hacer uso de los espacios comunes del condominio (regirse por el reglamento de copropiedad del condominio).
• Clientes.-Proveedores-Empresas de servicio-Cobradores-supervisores: Tales como las denominaciones lo indican, se trataría de personas que concurren con un propósito determinado específicamente, y con la intención de concurrir a un área determinada del Condominio, y para la cual se encontraran habilitados para transitar únicamente previa autorización del funcionario que los atenderá.
• Empleados: Los mismos, al momento de su ingreso, serán debidamente identificados, existiendo a tal fin diversos métodos, y con el propósito de evitar el ingreso de extraños, lo que no siempre lo hará con buenas intenciones, siendo uno muy común el de la presentación de la tarjeta de identificación extendida por la empresa.
H. DEL CONTROL DE VEHÍCULOS
Básicamente, se podrá tener en cuenta, para su clasificación:
• Vehículos de propiedad de los propietarios u arrendatarios.
• Vehículos Transportadores. (Flete)
• Vehículos particulares de los empleados de la empresa. (Inmobiliaria, sala de Ventas etc.)
• Vehículos de visitantes en general.
• Vehículos mal estacional o que permanezcan por más de cinco horas en el estacionamientos de visitas.
• Se recuerda que los estacionamientos no vendidos no podrán ser utilizados, sin una debida autorización de quien corresponda. (la Inmobiliaria).
La importancia de los vehículos; quienquiera sea su propietario o usuario es la misma; se debe dejar en el libro de registro, donde estarán asentada toda la información de el vehículo, patente, datos del conductor, entra, salida y unidad que visita, una vez que haya sido autorizada su visita podrá hacer ingreso a las dependencias del condominio.
G. El Conserje o Vigilante.
El funcionario de Seguridad, habiendo tomado la vigilancia como profesión y medio habitual de vida, representa a la empresa cuando se encuentra en un puesto u objetivo determinado, el paso de las horas: el vigilante es mucho mas que un observador, dadas las responsabilidades que conlleva su sola presencia en un lugar determinado; su permanente estado de alerta y su capacitación son las que le permitirán actuar preventivamente, ya que de eso se trata básicamente la seguridad, asimismo se compromete a cumplir con lo establecido.
Recibí de administraciones Inmobiliarias Ltda. Una copia del manual de procedimiento el cual me comprometo a acatar y cumplir fielmente.
Dejo presente que dicho ejemplar me fue entregado en forma gratuita.
Detalle de Manual: Desde la página 1 hasta la 7.
Desde la letra A hasta G.
Nombre del Trabajador_________________________________
Fecha de Entrega_____________________________________
Hacerse presente en su puesto de trabajo, con antelación debida, a los efectos de imponerse de las novedades que haya en el servicio o recibir las instalaciones correspondientes, con las observaciones que corresponda.
Salvo causa debidamente justificada, no abandonar su puesto de conserje o vigilante, aun cuando no haya sido relevado a la finalización de su respectivo turno de servicio, en cuyo caso, y a los efectos de que se adopten las medidas que correspondan, hará saber de esa circunstancia al superior jerárquico.
Poner especial cuidado a los bienes que se someten a su custodia, manteniéndose siempre muy atento con el fin de evitar robos, hurtos o daños.
Cuidar y mantener el buen estado de conservación y funcionamiento de los materiales, radios, CCTV, etc., que estén bajo su cuidado o supervisión, en ningún caso ni circunstancia podrá retirarla del objetivo en que se halle prestando el servicio.
El conserje o vigilante no deberá consumir bebidas alcohólicas no sustancias controladas psicotrópicas durante el servicio, ni concurrir al mismo bajo efectos de haberlas ingerido, ello puede ser objeto de término del contrato debido a las responsabilidades para los cuales se le contrató y que establece que constituye un elemento básico de su contrato.
Esta prohibido traer a su lugar de trabajo elementos distractores, que a juicio de la Administración, impidan una adecuada seguridad;
No se aceptará el uso del teléfono de conserjería para llamadas personales, solo podrán hacer uso en su hora de colación, siempre y cuando no se empleen para enviar comunicaciones que puedan provocar problemas tanto a la empresa como a los propietarios, en caso de duda decidirá la Administración.
Sin perjuicio de lo anterior la administración no se hará responsable por la perdida de estos aparatos.
Los supervisores deberán entregar las anotaciones necesarias, para que el personal notifique de las órdenes anotadas que deberán ser complementadas durante la prestación del servicio. Las notificaciones se harán por escrito y el personal afectado a las mismas deberá firmar en señal de conocimiento y entendimiento; de no ser comprendidas, debe pedir aclaración, puesto que será responsable de su cumplimiento.
Cuando el conserje o vigilante, por razones debidamente justificadas, tenga la necesidad de faltar a sus tareas habituales, solicitará el respectivo permiso con 48 horas de anticipación. Se exceptúa de lo precedente expresado, los casos de enfermedad de familiares a cargo, respecto a los cuales efectuará por si o por medio de un tercero; la pertinente comunicación a la empresa de administración; como así en caso de fallecimiento algún miembro de su familia; todo ello se justificará a la vuelta al servicio.
El conserje o vigilante es responsable ante el empleador, de los daños que eventualmente causare a los intereses de éste, por dolo, culpa o negligencia en el ejercicio de sus funciones.
El conserje o vigilante no tomará parte en los conflictos que se susciten en la comunidad manteniéndose al margen de cualquiera situación, debiendo comunicar el problema a sus superior a la brevedad.
B. Siniestros, de cualquier índole.
• Accidentes ocurridos o inminentes de fuerza mayor
• Atentados contra bienes físicos o personas
• Emanaciones de Gas.
• Accidentes en los ascensores.
• Mal funcionamiento de los equipos del condominio.
Etc.
En caso de una emergencia de emanaciones de gas deberá identificar el lugar, una vez identificado procederá a cortar el suministro desde el Shaft, de continuar procederá a cortar el suministro general del Condominio y llamar al organismo correspondiente, en este caso Cuerpo de Bomberos emergencias de Santiago.
En el libro de conserjería se encuentran los números de emergencias de los distintos servicios del condominio.
Los ascensores que presenten anomalías en su funcionamiento, si parecen de importancia, se suspende su operación y se avisa a la empresa de mantención.
Deberá informar inmediatamente por teléfono a su supervisor, los eventos ocurridos en el condominio.
Cada vigilante deberá enterarse del plan de seguridad del edificio, efectuando las consultas necesarias, para cumplir a cabalidad su operación, dentro de los primeros tres meses desde su contratación
C. DEL TRATO CON LAS PERSONAS
El conserje o vigilante evitará en todo momento discutir sus indicaciones, dado al conocer las funciones que debe cumplir, es totalmente responsable de sus actos y decisiones, teniendo para la toma de las mismas la prudencia suficiente y cordura necesaria, con la que logrará así también el reconocimiento y respeto debido a su trabajo.
Ante la necesidad de su intervención por un hecho propio de su misión de control de personas y/o vehículos (patente), o identificación de los mismos, actuará, en los casos en que deba hacer valer su condición de personal de seguridad, sin pasiones que excedan sus atribuciones, evitando formarse juicios apresurados y parciales, razón por la cual se limitará a cumplir con las directivas que le fueren impartidas oportunamente al respecto; por tal motivo tenga siempre presente que es responsable de la seguridad del conjunto o edificio.
E. DEL LIBRO DE SERVICIO
El libro de servicio será llenado, en lo que a su confección y registro de información se refiere, por el conserje o vigilante encargado del turno, cuando lo amerite la magnitud del objetivo a cubrir, y en la última instancia por el conserje o vigilante que preste el servicio, sea el objetivo que fuere.
El mismo se encontrara foliado y allí se asentaran las novedades correspondientes a cada turno de vigilancia, siendo consideradas como tales:
• Horario del tuno de vigilancia.
• Encargado del turno (si lo hubiera) personal a cargo, o simplemente el vigilante).
• Listado de los elementos provistos al apuesto de vigilancia (Ej.: Radios de frecuencia, linternas, material de trabajo, C.C.TV etc.)
• Notificación de las órdenes que se impartan con anterioridad a la toma del servicio.
Novedades ocurridas durante el horario de trabajo, en forma clara y precisa, sin omitir detalles o dato alguno, dejando constancia de numeraciones cuando correspondan a documentos de identidad de personas o de identificaciones de vehículos y/o mercancías horario de entrada y salida.
Objetos y/o valores hallados en las rondas
Verificación que las puertas de los espacios comunes, el cual estos deben permanecer permanentemente cerrados.
Se asentaran en el libro de entrega de objetos y/o valores, haciéndose constar nuevamente el detalle de los mismos, y datos identificatorios del receptor, quien firmara juntamente con el conserje a cargo del puesto en su respectivo turno. Debe tenerse en cuenta que el libro de Servicio es un elemento probatorio en diversas y variadas circunstancias, ya sean de orden laboral, comercial y/o judicial siendo de suma utilidad para los casos de investigaciones que por ilícitos se pudieran cometer, radicando en todas estas causales su relevancia, rubricándoselo al cierre de cada turno de vigilancia por el personal saliente y el relevante, esto como constancia de haberse transmitido y tomado conocimiento, respectivamente de las novedades correspondientes.
Una vez completo el libro de servicio será entregado a su superior correspondiente quien arbitrara los medios para su inmediato reemplazo por otro nuevo, y procediendo al archivo del entregado por el término que corresponde, en todos los casos se mantendrá la reserva absoluta de su contenido, salvo requisitoria a las autoridades de fiscalización y control de la empresa, o por autoridad judicial que corresponda, de allí la importancia de su correcta confección y conservación.
F. RONDA EN SU TURNO
La ronda es el recorrido que realiza el vigilante dentro del perímetro y/o predio donde se ubica su objetivo, con el propósito de prevenir ilícitos o siniestros y/o detectarlos para actuar en según las instrucciones recibidas.
Al hacerlo el vigilante deberá poner su atención en la tarea, puesto que su ronda sistematizada podría dar lugar a ser sorprendido por delincuentes, o pasar por alto, por ejemplo un principio de incendio.
El propósito principal de este sistema es la de prevención, reiterando que es el pilar básico fundamental de la Seguridad, ya que una vez ocurridos los hechos, poder revertirlos sin Una adecuada previsión será difícilmente posible, o bien de lograrlo, los resultados no siempre serán los óptimos.
De nada sirve si el vigilante se encuentra adormilado, o distraído en sus pensamientos por considerar su función una rutina. Ello podría ser causal que disciplinariamente estaría actuando con irresponsabilidad e ineficiencia.
G. DE LA IDENTIFICACIÓN Y/O CONTROL DE LAS PERSONAS
De acuerdo con las características y disposiciones que corresponden a cada tipo de servicio u objetivo, el conserje o vigilante tendrá, dentro de sus funciones, la de identificar a las personas que van a ingresar al Condominio, si no fueren propietarios ya conocidos, se dejara una nota en el libro destinado para tal efecto objetivo;
• Visitantes: Tratándose de todas aquellas personas que no pertenecen al edificio o conjunto, y que concurren por vez primera, o asiduamente, a entrevistarse con el responsable o integrante de un área determinada, por razones laborables, comerciales, personales u otras, la cual se encontraran habilitados para transitar únicamente previa autorización del propietario que los atenderá. Estas visitas no podrán hacer uso de los espacios comunes del condominio (regirse por el reglamento de copropiedad del condominio).
• Clientes.-Proveedores-Empresas de servicio-Cobradores-supervisores: Tales como las denominaciones lo indican, se trataría de personas que concurren con un propósito determinado específicamente, y con la intención de concurrir a un área determinada del Condominio, y para la cual se encontraran habilitados para transitar únicamente previa autorización del funcionario que los atenderá.
• Empleados: Los mismos, al momento de su ingreso, serán debidamente identificados, existiendo a tal fin diversos métodos, y con el propósito de evitar el ingreso de extraños, lo que no siempre lo hará con buenas intenciones, siendo uno muy común el de la presentación de la tarjeta de identificación extendida por la empresa.
H. DEL CONTROL DE VEHÍCULOS
Básicamente, se podrá tener en cuenta, para su clasificación:
• Vehículos de propiedad de los propietarios u arrendatarios.
• Vehículos Transportadores. (Flete)
• Vehículos particulares de los empleados de la empresa. (Inmobiliaria, sala de Ventas etc.)
• Vehículos de visitantes en general.
• Vehículos mal estacional o que permanezcan por más de cinco horas en el estacionamientos de visitas.
• Se recuerda que los estacionamientos no vendidos no podrán ser utilizados, sin una debida autorización de quien corresponda. (la Inmobiliaria).
La importancia de los vehículos; quienquiera sea su propietario o usuario es la misma; se debe dejar en el libro de registro, donde estarán asentada toda la información de el vehículo, patente, datos del conductor, entra, salida y unidad que visita, una vez que haya sido autorizada su visita podrá hacer ingreso a las dependencias del condominio.
G. El Conserje o Vigilante.
El funcionario de Seguridad, habiendo tomado la vigilancia como profesión y medio habitual de vida, representa a la empresa cuando se encuentra en un puesto u objetivo determinado, el paso de las horas: el vigilante es mucho mas que un observador, dadas las responsabilidades que conlleva su sola presencia en un lugar determinado; su permanente estado de alerta y su capacitación son las que le permitirán actuar preventivamente, ya que de eso se trata básicamente la seguridad, asimismo se compromete a cumplir con lo establecido.
Recibí de administraciones Inmobiliarias Ltda. Una copia del manual de procedimiento el cual me comprometo a acatar y cumplir fielmente.
Dejo presente que dicho ejemplar me fue entregado en forma gratuita.
Detalle de Manual: Desde la página 1 hasta la 7.
Desde la letra A hasta G.
Nombre del Trabajador_________________________________
Fecha de Entrega_____________________________________
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